Estafadores de la ley: El peligro de los "parches" políticos y el engaño detrás de la imputabilidad a los 14 años Por el Dr. Maximiliano Esteban Ibarra Guevara.
Estafadores de la ley: El peligro de los "parches" políticos y el engaño detrás de la imputabilidad a los 14 años
Por el Dr. Maximiliano Esteban Ibarra Guevara.
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¿Bajar la edad a los 14 años es inconstitucional? El peligro de los "parches políticos" y el engaño social
La reciente sanción de la Ley 27.801, que reduce la edad de imputabilidad a los 14 años en Argentina, desató una tormenta judicial inevitable. Con el fallo de Lomas de Zamora suspendiendo su aplicación en la Provincia de Buenos Aires, el debate social volvió a encenderse. Sin embargo, la discusión de fondo no es si está "bien" o "mal" juzgar a los menores, sino el grave error jurídico en el mecanismo que eligió el Congreso y la peligrosa costumbre de la política de invadir la esfera judicial con soluciones de cotillón. A continuación, analizamos por qué esta ley nació como un "parche" electoralista destinado a colisionar contra la realidad.
El choque de planetas: Ley de Congreso vs. Constitución Nacional
El principal argumento que hoy congela la ley en la Justicia es el Principio de No Regresividad. Cuando Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, le otorgó jerarquía constitucional (Art. 75, inc. 22 de la C.N.). Estos tratados exigen que los derechos humanos no den un paso atrás una vez conquistados. La valla vulnerada: Desde 1980, el piso de imputabilidad en nuestro país estaba fijado en los 16 años.El nudo legal: Una ley ordinaria aprobada por el Congreso tiene un rango inferior a la Constitución. Por lo tanto, perforar ese piso normativo para responsabilizar penalmente a chicos de 14 años es una contradicción directa a la pirámide jurídica argentina.
El verdadero camino: La necesidad de una Reforma Constitucional
Si el objetivo real del arco político era blindar la baja de la edad y evitar que cualquier juez de menores la declare "inconvencional", el camino debió haber sido mucho más profundo. Para modificar un derecho protegido por tratados con rango constitucional, una ley simple no alcanza. El ordenamiento jurídico exigía: Declarar la necesidad de la reforma: Con el voto de las dos terceras partes (2/3) de la totalidad de ambas cámaras del Congreso.Convocar a una Convención Constituyente: Para modificar la Carta Magna o, en su defecto, denunciar (retirarse de) los tratados internacionales vigentes utilizando esas mismas mayorías agravadas. Al intentar saltear este complejo proceso y legislar mediante una ley común de mayoría simple, la política dejó una "grieta" legal expuesta que hoy la Justicia está obligada a señalar.
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División de poderes: Basta de invadir la esfera judicial
Este caso deja al desnudo un problema crónico en Argentina: la falta de respeto a la división tripartita de poderes. La política no puede pretender interceder y meterse en la esfera judicial a base de voluntarismo o conveniencia electoral. Estos parches legislativos atentan directamente contra la seguridad jurídica de nuestro país. No son soluciones reales ni forman parte de políticas de Estado serias; son manotazos de ahogado que terminan saturando el sistema penal con normativas inaplicables y planteando falacias jurídicas que, tarde o temprano, se caen por su propio peso. Al colisionar entre sí e invadir las atribuciones de otro poder, la política dinamita las bases institucionales.
El engaño al electorado y a las víctimas
Lo más grave de este escenario es el uso de la demagogia punitiva como herramienta de distracción. Con estas leyes exprés se engaña abiertamente al electorado y, fundamentalmente, a las víctimas del flagelo de la delincuencia juvenil, vendiéndoles la falsa narrativa de que "el otro bando es el culpable" del freno legal. La realidad es que el único culpable es la propia corporación política, que lleva años gestionando de manera deficiente y sin planes de fondo. Mientras el sistema de contención social y de seguridad se desmorona, los estafadores políticos de turno siguen vendiendo "espejitos de colores" en forma de leyes inaplicables, sabiendo de antemano que la propia arquitectura constitucional del país las va a rebotar.
El colapso material como detonante
El fallo judicial que frenó la ley en Buenos Aires aporta la dosis de realidad: el Estado no cuenta con las condiciones materiales, institucionales ni profesionales indispensables para albergar a menores bajo estándares constitucionales. Aunque la ley promete un sistema de avanzada con escalas penales reducidas a la mitad a los 14 años, un tope máximo de 15 años de prisión y un cuerpo técnico de supervisores especializados, la falta de presupuesto transforma la letra de la ley en una utopía. Sin infraestructura especializada, aplicar la ley hoy significaría encerrar a chicos de 14 años en comisarías comunes o institutos sobrepoblados.
⚖️ Conclusión: El "cómo" importa tanto como el "qué"
Estar de acuerdo con la necesidad de regular el régimen penal juvenil es una postura válida dentro del debate de la seguridad pública. Sin embargo, forzar un cambio de esta magnitud mediante el instrumento legal equivocado deslegitima el reclamo social. Hasta que la Corte Suprema de Justicia dicte el fallo definitivo, la Ley 27.801 seguirá atrapada en un limbo, demostrando que cuando se legisla para el titular de un diario y no para la Constitución, el resultado siempre es el fracaso institucional.
Gentileza del Dr. Maximiliano Esteban Ibarra Guevara.